NORMATIVA POLICIAL

SupremeRP® 

Normativa SAPD



Este documento no está presentado de cara al público general, solamente será compartido con personas específicas, ya sea pertenecientes al cuerpo de policía o aspirantes al curso táctico que provee el autor del material documentado en estas páginas


No será avalado el uso erróneo de esta información ni tampoco será compartido, vendido, ni proveído a personas que se conozca su posición dentro del eslabón ilegal o que busquen el mal uso


El único propósito de este documento es la enseñanza de conocimientos tácticos, técnicos, médicos y distintas metodologías de aplicación y/o formación.






1. Objetivo y ámbito de aplicación


La presente normativa tiene por objeto definir la normativa interna de la policía de San  Andreas por medio del Departamento de Policía de San Andreas (SAPD, del inglés San  Andreas Police Department) cuya misión es velar por la seguridad de los ciudadanos y  hacer cumplir la ley en todo su territorio.


La SAPD está formada por:


- Los Santos Police Department (LSPD), en la ciudad de Los Santos y la zona sur  del estado.

- Los Santos Sheriff Departament (LSSD) del Condado Norte, Blaine County.


Las competencias de la SAPD son:


- Las investigaciones penales, judiciales y terroristas.


- Los asuntos sobre el orden público.


- Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran. Velar por la  protección y seguridad de altas personalidades. Mantener y restablecer, en su caso, el orden y  la seguridad ciudadana. Prevenir la comisión de actos delictivos


2. Respeto al Orden Jerárquico

Las faltas de respeto entre compañeros y/o superiores quedan totalmente prohibidas y será  motivo de sanción administrativa.


Toda orden comunicada por mando o un superior deberá ser acatada y su cumplimiento  obligatorio. Su incumplimiento será motivo de sanción administrativa.


Saludar es signo de respeto y deberás hacerlo siempre. En el caso de tratarse de un rango  superior se deberá de realizar el saludo militar (/e salute).


Deberás tratar a todos los compañeros de usted y dirigirte a ellos siempre por su rango y  apellido.

Ejemplo: Dirigirse a un Oficial II como "Oficial II Rousseau"



3. Derechos Civiles

Todo policía, antes de leer los derechos de un sospechoso, deberá de indicar el motivo por  el cual ha sido detenido.


Los derechos deberán ser leídos antes de entrar en dependencias policiales. De forma  excepcional, los derechos no serán leídos cuando la vida del detenido o la de los propios  agentes corra peligro durante el traslado a comisaría.


Los derechos son los siguientes:

1. Derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyen.

2. Derecho a no declarar contra sí mismo y a no mostrarse culpable.

3. Derecho a un abogado privado en el caso que no sea flagrante delito.

4. Derecho a guardar silencio, no prestar declaración si no desea hacerlo y a no  contestar a ninguna pregunta que se le realice.

5. Derecho a bebida y comida si así lo requiere.

6. Derecho a recibir asistencia sanitaria si fuese necesario.

7. Derecho a una llamada en presencia de la autoridad con duración máxima de un (1)  minuto.


Si el Policía no procede a la lectura de derechos o lo realiza de forma errónea, el sujeto  tiene la posibilidad de solicitar el "habeas corpus2". Si éste es solicitado, el detenido quedará  en libertad con cargos, no cumplirá el tiempo de pena de prisión y le será de aplicación las  sanciones económicas de los delitos cometidos.


Si el detenido no ha entendido alguno de sus derechos se deberá preguntar cuál es el  derecho que no ha entendido y se le explicará.


Si el detenido no respondiera a haber entendido o no sus derechos se procederá a una  segunda lectura de los mismos. Si tras esta segunda lectura tampoco se obtuviera  respuesta, se daría éstos por entendidos.


1 Flagrante delito: el que se estuviese cometiendo o se acabara de cometer cuando el delincuente  sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere  detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido

inmediatamente después de cometerlo mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato  alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se  sorprenda inmediatamente después de haber cometido un delito con efectos, instrumentos o  vestigios que permitan presumir su participación en él.

2 Habeas Corpus: El habeas corpus obliga a que toda persona detenida pueda ser puesta en  libertad inmediata si no se hubieran respetado sus derechos fundamentales o no se encontraran  motivos suficientes de su arresto.


 

4. Armamento Reglamentario

Las herramientas de un oficial de policía son su “todo”, deben estar en todo momento conscientes de lo que tienen encima para saber cómo proceder ante situaciones, o cómo simplemente tener un resguardo para ellos y sus compañeros.


CADETE


5.Alertas Sistema “DEFCON”



El sistema “Defcon” es un sistema de aviso a la población para indicar en qué situación de seguridad se encuentra el estado/país en este caso sería para indicar la a situación de seguridad del estado de san andreas Funciona de la siguiente manera:


Descripción: Es el máximo nivel de alerta. 

Criterios de activación: - Nivel de delincuencia alto con tiroteos bandas y/o delincuentes contra la policía. - Secuestro de un alto cargo policial - Se produce una amenaza terrorista


Actuaciones autorizadas: - Unidad SWAT realizará patrullaje junto a la LSPD. - Actuaciones DEFCON 4,3 y 2 autorizados. 

Armamento: - Todo el armamento siempre y cuando Mando lo autorice.





Descripción: Se asigna cuando se alcanza el nivel inmediatamente inferior al máximo. Es considerado un nivel de alerta alto.

Criterios de activación: - Nivel de delincuencia alto con tiroteos entre bandas y/o delincuentes.- Se producen secuestros y/o asesinatos a ciudadanos de forma continuada. - Secuestro a policía - Tráfico de armas de calibre alto (AK, Carabinas, rifles de francotirador, …) - Realizar un operativo concreto (rol) de redada, detención, rescate,

Actuaciones autorizadas: - Actuaciones DEFCON 4 y DEFCON 3 autorizados. 

Armamento: - Utilización de SMG’s y Escopeta como arma reglamentaria siempre y cuando operadora lo autorice





Descripción: Implica un aumento de la disponibilidad de las fuerzas por encima de lo normal al considerarse un nivel de alerta de grado moderado.

Criterios de activación: - Nivel de delincuencia medio con secuestros o tiroteos en ubicaciones donde hay gran afluencia de personas - Tráfico de armas de calibre medio (SMG’s, Uzis, …) -

c, atracos a badulaques, joyería, bancos, Actuaciones autorizadas: - Cierre de establecimientos - Identificación y registro de ciudadanos y/o vehículos siempre y cuando se considere que pueda estar cometiendo algún tipo de actividad ilícita o presente una actitud sospechosa.

Armamento: - Utilización de SMG’s como arma reglamentaria siempre y cuando Mando lo autorice.




Descripción: Se incrementa ligeramente la actividad de los servicios de inteligencia y se endurecen las medidas de Seguridad en el Estado de San Andreas.

Criterios de activación: - Nivel de delincuencia moderada - Tráfico de drogas - Secuestros a civiles de forma esporádica 

Actuaciones autorizadas: Se podrá limitar el acceso a determinadas zonas. 

Armamento: Armas reglamentarias.






Descripción: Situación normal en tiempos de paz.

Criterios de activación: - Nivel de delincuencia bajo - Ciudad controlada. 

Actuaciones especiales:

 Ninguna Armamento: Armas reglamentarias






6. Rangos policiales


Rangos SAPD

                   - Comisionado



Rangos del LSPD           Rangos de la LSSD

                                                               - Teniente I


  - ESCALA BÁSICA:                        - ESCALA BÁSICA:

-  Oficial III Mayor                          - Corporal 

-  Oficial III                                - Deputy Sheriff II

-  Oficial II                                 - Deputy Sheriff I

-  Oficial I  

-   ESCALA ACADÉMICA:                     - ESCALA ACADÉMICA:

-  Cadete                                       - Deputy Sheriff Generalist



7. Códigos de radio


7.1 Códigos 10


Los códigos 10 se implantaron en la Policía en la década de los años 40 cuando el ancho  de banda de los canales de radio eran limitados. Gracias a estas abreviaturas o códigos  policiales, se conseguía reducir el tráfico de radio. Su inventor fue Charles Hoper, director  de comunicaciones de la policía de Illinois en EE.UU.


Los códigos 10 son palabras codificadas destinadas a representar nombres, lugares,  situaciones y frases comunes de manera rápida y estandarizada en las comunicaciones  vocales:


 10-0 Precaución 

 10-5 Negativo

10-4 Afirmativo/recibido 

10-8 Esperando asignación 

10-9 Repetir comunicado 

10-10 Salir de servicio 

10-11 Estoy de servicio

10-12 Standby  ...

10-14 Se requiere escolta

10-15 Sujeto bajo custodia 

10-16 Identificar sujeto 

10-17 Cachear sujeto 

10-19 Regreso a Comisaría

10-20 Ubicación del agente 

10-22 Debe presentarse en persona en comisaría 

10-23 En camino al aviso

10-26 Desatiende la última notificación

10-31 Persona sospechosa

10-32 Solicito refuerzos en mi posición

10-33 Unidad realiza patrullaje por X lugar

10-35 Estado/Situación de la unidad

10-37 Necesito una grúa 

10-38 Necesito una ambulancia 

10-40 Cambio de frecuencia a X

10-50 Accidente

10-55 Intento de Suicidio
10-61 Unidad toma un descanso de 5 minutos 

10-74 

10-80 Nos reunimos en…

10-86 Intervención vehicular

10-86F Intervención vehicular forzosa

10-90 Falsa alarma

10-91 Se solicita una unidad supervisora en X

10-95 Procesamiento de un sujeto 

10-97 Llegada al objetivo 

10-98 Incidencia finalizada

10-99 Misión completada


7.2 Códigos y Claves Radiales


Código 0: Llamada de alta prioridad, todos dejan sus asignaciones y acuden (oficiales heridos).

Disparos: Se desarrolla una situación de disparos en X lugar.

Código 1: Confirmación de asistencia

Código 2: Llamada rutinaria, Rotativas. No respetan señales y semáforos y sin sirenas.

Código 3: Llamada con luces y sirenas, No se respetan señales ni semáforos.

Código 4: Todo controlado, no se requiere más ayuda o mas unidades en el lugar.

Código 5: Mantenerse alejado y no circular por x zona hasta nuevo aviso.

Código 6: Unidad que se encuentra en asignación.

Código 7: Realizar una parada técnica

Código 9: Labor de vigilancia en X lugar.

Código 100 Bloqueo de un vehiculo Post Intercepción

Clave Robert: Autorización y necesidad de fuerza letal

Clave David: Situación que requiera de unidades SWAT.


Códigos Penales

215:  Disparos en X zona
254V: Persecución vehicular

254P: Persecución a pie

311:  Exibicionismo

320:  Tráfico de drogas

288:  Conducta indebida - Obscena - Alteración

390:  Hombre intoxicado (Alcohol - Drogas - Alucinógenos)

390M: Mujer intoxicada (Alcohol - Drogas - Alucinógenos)

417:  Disturbios / Peleas

415:  Sospechoso armado.

480:  Choque y fuga.

487:  Robo grande

487V: Robo de un vehículo

488:  Robo pequeño (licorería/badulake)

502:  Accidente de conductor bajo influencia de alcohol/drogas

505:  Conducción temeraria

586   Estacionamiento ilegal


LOS CÓDIGOS RADIALES NO PODRÁN SER ABREVIADOS.




8. UNIDADES EN SERVICIO E IDENTIFICACIÓN



Las unidades se leerán de la siguiente manera: X-NAME-XX.

X (Representación de la zona)-NAME (Nombre de la unidad)-XX (Matricula)

Unidades especiales como el “AIRE” solo se utilizará un número que comienza desde el 1 hasta el 100.

Ejemplo: 4-George-242.

Las unidades de campo en servicio tendrán identificación con letras las cuales serán acomodadas con el “Association of Public-Safety Communications officials-International” (APCO) en conjunto.

A continuación la lista de unidades y su designación / identificación en campo.


X-ADAM-XX: Unidad básica compuesta por dos oficiales.

X-LINCON-XX: Unidad básica compuesta por un oficial supervisor.

X-UNION-XX: Unidad designada para la toma de denuncias y reportes.

X-AIR-XX: Unidad de patrullaje aéreo.

X-BOY-XX: Unidad básica de intercepción compuesta por dos oficiales.

X-MARY-XX: Unidad motorizada de tránsito.

X-GEORGE-XX: Unidad designada a la división de Gang-Unit.

X-DAVID-XX: Unidad designada al pelotón D -SWAT.

X-WILLIAM-XX: Unidad designada a la división de Robos y Homicidios (detectives).


Todas las unidades que inicien código 10-33 deben de notificarlo por radio previamente.

Todas las unidades serán asignadas previamente a una zona específica.

Las unidades supervisoras tienen permiso de realizar señales de luces e iniciar un 10-86 a una unidad ordinaria con el fin de corregir.

Las unidades tienen permiso de hacer un traslado de zona en caso de realizarse una situación de disparos o código 0.

Las unidades deberán respetar el área donde estén asignadas para evitar conflictos dentro y fuera del departamento.

El callsign o radio car (BOY) puede ser utilizado en cualquier unidad.


INFORMAR POR RADIO Y OPERADOR/A


Al momento de informar por radio se debe de utilizar la asignación de la unidad, lo que está sucediendo y ubicación exacta.

En caso de una situación de disparos se suprime gran parte del relato y se utiliza lo ya mencionado, cito: “Se desarrolla una situación de disparos en X lugar.”

Las persecuciones deben ser narradas en diferentes frecuencias de radio, por lo cual se indicará a qué TAC se unirá la unidad guía que inició la persecución.

Tanto en la detención vehicular como en la persecución se deberá mencionar el vehículo (y/o prendas de vestir de la persona en caso de corredor) que está implicado en la situación.

Los informes por radio deben estar acompañados de la siguiente forma.


X-UNIDAD-XX, código radial respuesta o situación, lugar.


Se debe tratar de ser lo más breve y exacto posible en los informes de radio, no se debe contaminar con palabras de más para evitar las confusiones y la tardía respuesta del personal de policía. A continuación se darán ejemplos de cómo informar situaciones variadas y comunes en la labor del oficial.


2-ADAM-252, código 4 en Grove Street.

2-ADAM-252, disparos en Grove Street.

2-ADAM-252, código 0 en Grove Street.

2-ADAM-252, 10-86F sentinel negro en Grove Street, plus.

2-ADAM-252, persecución sentinel negro en Grove Street, TAC 1.

2-ADAM-252, corredor en Grove Street, TAC 1.



9. Normativa 


El incumplimiento de los artículos y apartados de la presente normativa interna puede suponer la imposición de una falta disciplinaria. La acumulación de faltas puede conllevar la expulsión del cuerpo. 


Artículo 1

Para acceder al departamento tendrá que superar los 17 años de edad “OOC”

Artículo 2

La puerta de la comisaría deberá siempre estar abierta para la ciudadanía excepto en caso de asedio a la comisaría, amenaza hacia el personal o en caso de que la seguridad pública no pueda ser proporcionada por parte del departamento en la ciudad

Artículo 3

No se permiten las faltas de respeto entre los compañeros se sancionará con una expulsión indefinida

Artículo 4

Todo policía deberá llevar el uniforme reglamentario correspondiente a su rango.

Artículo 5

Los agentes policiales tienen el derecho de pedir la identificación a cualquier ciudadano sin motivo aparente 

Artículo 6

Al salir de servicio el agente deberá dejar todas las armas en la armería. No hacerlo conlleva expulsión del cuerpo indefinidamente Sólo se podrá sacar una pistola de combate para su uso como protección y porque al entrar al cuerpo se le da la pistola 

Artículo 7

Los agentes policiales pueden cachear en cualquier momento o sitio a un sujeto inconsciente para incautar Armas, sustancias ilicitas y dinero negro.

Artículo 8

Los agentes policiales podrán Identificar a un sujeto inconsciente buscandole la identificación en cualquier momento y en cualquier sitio

Artículo 9

La frecuencia “Mando” deberá siempre estar cubierta por el más alto rango de la maya disponible



Artículo 10

Todo miembro del departamento contará con presunción de veracidad si son requeridos ante un juez

Artículo 11

Toda persona detenida deberá ser informada antes de entrar por las puertas del edificio de comisaría de sus derechos y motivos de la detención, siempre y cuando la vida de los agentes no esté comprometida

Artículo 12

Las armas legales son las que se venden en los Ammu Nation 

Artículo 13

La policía debe trasladar a un delincuente con una suma total de 2 delitos graves y 1 medio a una prisión federal 

16.1 La condena mínima para ingresar en el calabozo será de “2 Meses”, la condena se determinará según la suma de la multa salvo en algunos casos.

16.2 La condena mínima para meter en federal será de 60 Meses la condena se determinará según la suma de la multa salvo en algunos casos.

16.3 La cadena perpetua será si la persona llega a acumular 720 meses en total de su expediente en federal.


Artículo 14

Los agentes podrán inmovilizar un vehículo usando todas las herramientas que haya disponibles en la patrulla o haciendo uso de la pistola tanto para disparar al capo y romper el motor o disparar a las ruedas.

Artículo 15

Los agentes al cargo de divisiones o tengan un cargo de supervisión en alguna de las divisiones tendrá el derecho de tapar su rostro utilizando un pasamontañas

Artículo 16

Estan totalmente prohibidos los actos sexuales dentro de las dependencias policiales su conocimiento conlleva a la expulsión definida del cuerpo

Artículo 17

La ignorancia no exime del cumplimiento de las normativas o las normas civiles

Artículo 18

Queda prohibido abatir a un civil siempre y cuando éste no ponga en peligro la vida de otros civiles y/o policías.

Artículo 19

Si un delincuente resultó abatido en el transcurso de un hecho delictivo, la policía tiene el derecho a solicitar asistencia sanitaria y, una vez recuperado éste de sus heridas, podrá ser trasladado a comisaría para procesarlo penal y administrativamente.

Artículo 20    

Toda persona que entre en el calabozo (detenido y/o abogado) será cacheada y se le podrá retirar cualquier arma de fuego y/o blanca. Ésta podrá ser devuelta al salir de comisaría siempre y cuando no la haya utilizado en ningún acto delictivo.                                            

Artículo 21

Las visitas a los calabozos de comisaría no están permitidas.